La Audiencia Provincial de Pontevedra abre un nuevo camino al otorgar a unos abuelos “la custodia excepcional” de dos menores de 10 y 7 años, a los que criaron desde muy corta edad, por desinterés de los padres.
En el caso en cuestión, los abuelos maternos han sido los encargados de criar a los dos menores desde muy pequeños, siendo los responsables de alimentarlos, vestirlos, llevarlos al colegio, a las actividades extraescolares y, quienes, al fin y al cabo, se han encargado de todos los aspectos cotidianos de sus vidas en general. Sin embargo, para todo lo demás necesitaban la autorización expresa de la madre, quien legalmente tenía la custodia de los niños, pero que, en la práctica, los había abandonado hacía años.
A pesar del gran desentendimiento de la madre hacia los menores, los abuelos maternos intentaron durante mucho tiempo y por todos los medios, que la misma se implicara en la vida de los menores, pero los intentos no surtieron ningún efecto. Los niños cada vez eran más mayores y conscientes de la situación siendo los realmente perjudicados, por lo que se volvió insostenible y los abuelos tomaron acción con el fin de obtener la custodia de los menores.
El camino no ha resultado ser nada fácil para los abuelos —que hoy tienen 66 y 71 años— pues en un primer momento les fue inadmitida la demanda “por falta de legitimación activa” para interponerla por no ostentar la tutela legal. Frente a la inadmisión, llamaron a las puertas de la Audiencia Provincial de Pontevedra, apelando por encima de todo el interés superior del menor. Tras estudiar el caso, la Audiencia Provincial ordenó la tramitación del procedimiento mandándolo de nuevo al Juzgado de Instancia.
Finalmente, el fallo de la Sentencia, otorga la custodia a los abuelos lo cual los capacita para continuar con la crianza de los menores con garantías legales, aunque sin retirarles la patria potestad a sus progenitores. En definitiva, el Juez entiende que “los abuelos son los verdaderos custodios” por haber sido “quienes se han encargado de la atención y del cuidado de los niños durante años, situación que exige que, para salvaguardar el interés de los menores, se formalice mediante la atribución de la guarda y custodia”.
Además, y de forma novedosa, el fallo condena a los padres a pasarles la pensión de alimentos a los abuelos maternos: 323,40 euros el padre y 200 euros mensuales la madre. “Es la solución más acorde con el superior interés de los menores y que les permite que su vida y desarrollo tenga lugar en un entorno familiar adecuado, manteniendo sus relaciones familiares, e incluso en contacto con sus progenitores“, sentencia el tribunal.
Si te encuentras en un caso similar, en el que, siendo el/la responsable de criar y cuidar a un menor, sientes que no tienes derechos ni seguridades jurídicas frente a unos padres que, ponen en riesgo la estabilidad vital y emocional del menor, este supuesto abre un nuevo camino para ti.
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