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Reclamación de deudas en la comunidad de propietarios: qué hacer si un vecino no paga

Si vives en una comunidad de vecinos, seguro que sabes que todos los propietarios tienen unos derechos… pero también unas obligaciones. Una de las principales es colaborar con los gastos comunes: mantenimiento, limpieza, ascensor, reformas, derramas extraordinarias…

Ahora bien, ¿qué pasa si un vecino no paga? ¿Cómo se gestiona la reclamación de deudas en una comunidad de propietarios? En este artículo te explico paso a paso cómo funciona este proceso legal, según lo previsto en la Ley de Propiedad Horizontal.

¿Qué hacer si un vecino no paga su parte?

Cuando uno de los propietarios deja de pagar su cuota mensual o cualquier gasto extraordinario, se genera una deuda con la comunidad de propietarios que afecta directamente al resto de vecinos. Esa deuda impide que la comunidad funcione con normalidad y puede retrasar obras, servicios o incluso el pago a proveedores.

Para estos casos, la Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 21, contempla un procedimiento legal específico: el procedimiento monitorio. Este proceso está pensado para que sea rápido, sencillo y eficaz a la hora de reclamar las cantidades impagadas.

Reclamación de deudas en la comunidad de propietarios: cómo empezar el proceso

Para poder iniciar el procedimiento monitorio contra un vecino moroso, la comunidad debe aportar dos documentos clave:

  1. Certificado de liquidación de la deuda, aprobado en Junta de Propietarios, donde conste claramente el importe total que se le reclama al vecino y el desglose de dicha cantidad.
  2. Documento que acredite que se ha notificado la deuda al propietario moroso, es decir, que ha sido informado formalmente de lo que debe.

Además, se pueden incluir en la reclamación los gastos que haya asumido la comunidad derivados de esa deuda. Por ejemplo, los costes por notificarle, burofaxes, servicios de gestión, etc.

¿Quién paga al abogado y procurador?

En muchas ocasiones, la comunidad necesita recurrir a un abogado y un procurador para llevar a cabo la reclamación de la deuda. En este sentido, la ley prevé que el vecino deudor asuma estos gastos si:

  • Atiende al requerimiento de pago.
  • O no comparece ante el tribunal.

En el caso de que el vecino sí comparezca pero se oponga a la deuda, se aplicarán las reglas generales para condenar en costas. Esto quiere decir que, si finalmente el tribunal le da la razón a la comunidad, el propietario moroso deberá pagar también esos costes legales, aunque su presencia en el procedimiento no fuera obligatoria.

Embargo preventivo: una medida especial

Una de las particularidades de este procedimiento monitorio es que, si el deudor se opone a la reclamación, la comunidad puede solicitar el embargo preventivo de sus bienes. Esto significa que se pueden bloquear ciertos bienes del vecino para garantizar que, si finalmente debe pagar, haya recursos suficientes para cubrir la deuda, los intereses y las costas.

Lo interesante es que no se exige caución a la comunidad para pedir este embargo. Aunque, por su parte, el propietario moroso puede enervar esta medida si ofrece las garantías establecidas por la Ley procesal.

Comunidad de vecinos morosos: prevenir también es importante

Gestionar correctamente los impagos en una comunidad con vecinos morosos no solo permite recuperar el dinero que se debe. También es clave para mantener una convivencia equilibrada, garantizar los servicios comunes y evitar que la situación se agrave con el tiempo.

Si formas parte de una comunidad y os enfrentáis a este problema, lo mejor es actuar con asesoramiento legal desde el principio. Un procedimiento monitorio bien gestionado puede resolver muchos conflictos de forma ágil y efectiva.

¿Necesitáis ayuda para iniciar una reclamación de deudas en vuestra comunidad de propietarios?Podemos acompañaros en todo el proceso.

Contactad con Arlea Abogadas y te asesoraremos en tu asunto.

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